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En esta nota aprenderás los tipos de violencia contra la mujer establecidos en la Ley Especial Integral para Una Vida Libre de Violencia para las Mujeres (LEIV).

Tipos de violencia contra la mujer

En El Salvador, la Ley Especial Integral para Una Vida Libre de Violencia para las Mujeres (LEIV) define la violencia dirigida a mujeres en 7 tipos, a continuación te mostramos información de cada uno:

1. Violencia económica: es toda acción u omisión de la persona agresora que impida a una mujer su estabilidad económica. Ejemplos: retener el salario de mujeres, privar de las necesidades básicas, negarle acceso a trabajos o independencia económica, etc.

2. Violencia física: es toda acción que daña físicamente a las mujeres. Puede ser ejercida por su cónyuge, o con quien haya tenido una relación de afectividad. La violencia puede darse en la familia, el trabajo o la comunidad. Ejemplos: empujones, heridas, golpes, fracturas o causar una discapacidad.

3. Violencia psicológica y emocional: es un tipo complejo porque a veces se puede esconder. Puede ser directa o indirecta, verbal o no verbal. El resultado es un daño emocional y en la autoestima. Ejemplos: gritos, chantajes, insultos, amenazas, ignorar, ofender, manipular, humillar, intimidación o poner apodos.

4. Violencia patrimonial: se ejerce al aprovecharse de su patrimonio, ya sea común o individual. Puede ocurrir al haber sustracción, daño, pérdida, destrucción, transformación o limitación sobre su patrimonio, bienes materiales, casa, inmuebles o retención de documentos personales. Ejemplos: apropiarse o destruir artículos personales, retención/destrucción de documentos personales, apropiarse de las propiedades o bienes, etc.

5. Violencia simbólica: son mensajes, valores, íconos o signos que transmiten y reproducen relaciones de dominación, desigualdad y discriminación que naturalizan la subordinación de la mujer en la sociedad. Ejemplos: creer que lo mujer tiene que cumplir estándares de belleza, exponer la imagen de la mujer con inferioridad o creer que son débiles y que las mujeres tienen que realizar actividades diferentes a los hombres.

6. Violencia sexual: es toda conducta que amenace o vulnere el derecho de la mujer a decidir voluntariamente su vida sexual, comprendida en ésta no sólo el acto sexual sino toda forma de contacto o acceso sexual, genital o no genital. Ejemplos: tocamientos, acoso sexual, violación, exposición de genitales, pornografía.

7. Violencia Feminicida: es ocasionar la muerte de una mujer, conformada por el conjunto de conductas misóginas.

Otra información relacionada al tema:

  • Si te gustaría conocer información sobre qué es la violencia de género, ingresa aquí:https://bit.ly/36QnjVl
  • Para identificar información sobre el ciclo de la violencia, ingresa al siguiente link: https://bit.ly/32W5Yt2
  • Para conocer más información sobre qué hacer al estar sufriendo violencia sexual, puedes seleccionar el enlace a continuación: https://bit.ly/3L8ObCz

Para recibir orientación personalizada de diferentes opciones de servicios en el país, puedes escribirnos por WhatsApp haciendo clic aquí https://bit.ly/3iQnEwl o por Facebook Messenger, de lunes a domingo de 7:30 a.m. a 11:00 p.m.

Fuentes:

  • Ley Especial Integral para Una Vida Libre de Violencia para las Mujeres (LEIV): tipos de violencia.