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En este informativo encontrarás información sobre los derechos básicos e importantes que todas las personas tienen.

Es probable que ya conozcas que todas las personas tienen derechos y aunque todos ellos son importantes, abordaremos cuáles son los derechos fundamentales del ser humano. Estos están agrupados en la Declaración Universal de la Derechos Humanos y fueron ratificados el 10 de diciembre de 1945. También están comprendidos en la Constitución de la República.

Puedes leer más sobre el tema de derechos humanos en el siguiente enlace:https://bit.ly/3oxAp34

Entre los principales están los siguientes:

Derecho a la libertad.

Toda persona tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos. En resumen, es la capacidad humana de actuar por voluntad propia.

Derecho a una nacionalidad.

Toda persona tiene derecho a una nacionalidad. A nadie se le privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.

Derecho al debido proceso.

El debido proceso es un principio jurídico en el que el Estado debe respetar todos los derechos legales que posee una persona según la ley. Involucra que toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

Derecho a la privacidad.

Se entendería como privacidad al ámbito de la vida personal de un individuo, quien se desarrolla en un espacio reservado, el cual tiene como propósito principal mantenerse confidencial.

Derecho a la propiedad.

Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

Derecho al libre pensamiento.

Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. Este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

Derechos a la libertad de expresión.

Todo individuo tiene derecho a la libertad de expresión. Este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, y el de compartirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Derecho a la libertad de asociación.

Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas. Así como también, nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

Derecho al trabajo.

Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, en condiciones equitativas y satisfactorias y a la protección contra el desempleo.

Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.

Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.

Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.

Derecho al descanso.

Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

Otra información.

Puedes encontrar información de organizaciones que brindan apoyo en casos de vulneración de derechos en el siguiente enlace:https://bit.ly/34lW58t

También puedes leer sobre los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes en el siguiente enlace:https://bit.ly/3T1ag9Y

Nota: si quieres más información sobre este tema para recibir apoyo psicosocial u orientación personalizada de diferentes opciones de servicios en el país, puedes escribirnos por WhatsApp haciendo clic aquíhttps://bit.ly/3iQnEwlo escribirnos por Facebook Messenger de lunes a domingo de 7:30 a.m. a 11:00 p.m.


Fuentes de consulta: